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Santiago, 7/7/2002

El CES cuestiona la eficacia de las medidas restrictivas para combatir el "botellón"

X. A. TABOADA

El Consello Económico e Social ha emitido un crítico dictamen contra el contenido de la reforma de la Lei de Drogas de Galicia que prepara la Xunta para combatir el "botellón" y reducir el consumo de alcohol y de otras sustancias. Este órgano consultivo censura el fuerte componente restrictivo y coercitivo de la nueva norma, recomienda imponer la sanción mínima prevista para el consumo de alcohol en las vías públicas y no sólo pone en duda la eficacia que pretende la reforma sino que asegura que su efecto puede ser el contrario e inducir a los jóvenes a conocer el alcohol y otros productos.

El informe fue aprobado por el pleno del CES el pasado día 3 de junio por unanimidad y su dictamen se ha entregado al Gobierno gallego para que lo tenga en consideración. En el Consello Económico e Social están representados las organizaciones empresariales, sindicales y agrarias de Galicia, las tres universidades, las asociaciones de consumidores y las cofradías de pescadores.

La primera pega que encuentra el CES es que la reforma de la Lei de Drogas se basa principalmente en "limitaciones y prohibiciones" al consumo de drogas en los menores entre las que se encuentran el tabaco y el alcohol, y que por ello los efectos sobre la juventud pueden ser los contrarios de los pretendidos al dejarse en un segundo plano las medidas de prevención.

"El CES considera que la verdadera respuesta al problema del consumo de drogas por parte de la juventud debería ir por los caminos de la educación, la autorresponsabilidad, la prevención y la oferta de alternativas de ocio, y no a través de leyes restrictivas y coercitivas que no solucionan el problema social de fondo y mismo pueden inducir efectos contrarios a los pretendidos y, por lo tanto, indeseables", se recoge en el dictamen, que advierte que las medidas de prevención sólo se "apuntan" en tres de los 23 apartados de que consta el proyecto de ley.

Multas

En cuanto a las sanciones previstas en la reforma que prepara la Xunta, el Consello Económico e Social recomienda que por la falta de beber alcohol en la vía pública se aplique la sanción mínima prevista.

En la Lei de Drogas de 1996, las faltas leves pueden ser sancionadas hasta con 3.000 euros (500.000 pesetas), pero en la reforma el consumir alcohol en las vías públicas está multado con hasta 600 euros (unas 100.000 pesetas) de máximo y está tipificado como una infracción leve.

En todo caso, el CES reclama una "sanción más equilibrada" y que la multa "no supere el grado mínimo de multa establecido" al tratarse de un nuevo tipo de falta.

Para concluir, el Consello Económico e Social considera que para una adecuada reforma prevista por la Xunta hacía falta conocer la memoria económica y la explicativa para evaluar el alcance de la reforma, pero que no les remitió el Gobierno gallego.

"¿Queda fuera de la norma la publicidad de las fiestas del vino y del aguardiente?"

Si el contenido de la reforma no resulta de total agrado para el CES, tampoco lo son algunas expresiones, a las que se refiere como "equívocas", y pide por ello a la Xunta una nueva redacción más "precisa y cuidadosa", no sin antes dejar algunas preguntas en el aire con cierta sorna.

Como el proyecto de ley hace continuas referencias a la limitación de la publicidad directa o indirecta, el CES inquiere si se puede considerar como tal la promoción y las referencias a las fiestas del vino y del aguardiente que se celebran en Galicia. "¿Quedarían fuera de la norma por pertenecer a lo que este anteproyecto considera consumo tradicional?".

"En la exposición de motivos del proyecto de ley de reforma se dice Ô(...) caracterizado fundamentalmente por el consumo de bebidas alcohólicas de alta graduación y distintas a nuestra cultura de consumo tradicional de alcohol (...)´. Cabría preguntarse si se pretende decir que el consumo tradicional es aceptable o incluso recomendable como alternativa", se recoge.

En su tono, un tanto jocoso, el CES se pregunta por el sentido del artículo once en el que se detalla que en los periódicos, revistas y demás publicaciones no se podrá hacer publicidad del tabaco o bebidas alcohólicas en primera página, portadas, páginas centrales, en las destinadas a los deportes o pasatiempos y en aquellas que por su contenido estén orientadas preferentemente a menores de 18 años.

"Convendría preguntarse lo siguiente: ¿Se supone que los menores no leen periódicos o revistas o, en su defecto, sólo miran las páginas de deporte y pasatiempos?", demanda el Consello Económico e Social a la Xunta.

Otra duda que este órgano consultivo quiere aclarar hace referencia a la definición de consumo de drogas, ya que no se alude al uso de jeringuillas. "Convendría preguntarse si quiere esto decir que el consumo por vía parenteral está permitido", se refleja en el dictamen.

Tras la aprobación del proyecto de reforma por el Consello de la Xunta, tras el verano pasará al Parlamento.

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