Ruidos.org: la lucha contra el ruido
Índice de noticias sobre el ruido
Noticias de este mesNoticias del último mes


Málaga, 29/11/2000

Condenado por apuñalar a un vecino porque su hija de dos años hacía mucho ruido

El tribunal impone seis años de cárcel para el procesado, que utilizó un sable en su ataque

Javier Recio

La Sección 1.ª de la Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a A. V. L. a seis años de prisión al considerar que es autor de un delito de tentativa de homicidio. El procesado apuñaló a su vecino del piso de arriba, situado en la barriada de Las Flores, porque el hijo de la víctima, de dos años, provocaba mucho ruido, circunstancia ésta que molestaba a la madre del acusado.

Los hechos por los que ha sido condenado este hombre, de 51 años, se produjeron la tarde del pasado 24 de enero en la barrida Las Flores. La sala declara probado que el procesado, debido a las molestias que soportaba su madre por los ruidos ocasionados involuntariamente por un niño de dos años, lo cual había provocado ya alguna discusión con su vecino, acudió al domicilio de éste provisto con un cuchillo tipo sable de 40 centímetros con la intención de matarlo. Así, se indica que A. V. L. dio una patada a la puerta de su vecino para abrirla y penetró en la vivienda. Una vez en el interior apuntó al propietario y a su mujer con el arma, al tiempo que le decía «a mí no me das más patadas».

La víctima de estos hechos, M. A. G., intentó refugiarse en su dormitorio, donde fue arrinconado por el acusado, al que mientras le decía «te mato, te mato» le clavó el cuchillo en la región abdominal, causándole una herida penetrante, que de no haber sido asistido de manera urgente le hubiera provocado su fallecimiento. Este hombre tardó 140 días en recuperarse y le ha quedado como secuela una pancreatectomia parcial, además de varias cicatrices de 20 centímetros y dos centímetros.

Hijas menores

Igualmente, en la sentencia se recoge que las dos hijas menores de la víctima vieron al procesado salir de su domicilio portando el sable y a su padre herido, los cual provocó que sufrieran un síndrome de estrés postraumático, que cederá con el tiempo. En la resolución se indica que el acusado tuvo la intención de matar a su vecino, por lo que no se pueden calificar estos hechos como un delito de lesiones. La sala basa su argumento en varios puntos: el arma utilizada, la zona donde le apuñaló, las expresiones proferidas durante el ataque e incluso la conversación que mantuvo con otro vecino en una panadería minutos antes de cometer la acción, en la que le dijo «que iba a por su vecino». Es por ello por lo que la Sección 1.ª de la Audiencia Provincial de Málaga considera que el procesado tenía la intención de acabar con la vida del perjudicado.

Además de la pena privativa de libertad, el tribunal ha impuesto al procesado la prohibición de acercarse al domicilio de la víctima durante un periodo de cinco años, que empezará a contar desde que salga de la cárcel. En cuanto a las indemnizaciones, establece que A. V. G. deberá pagar cerca de dos millones de pesetas a la víctima, además de un millón por los perjuicios psíquicos sufridos por las dos hijas, según se indica en la citada resolución judicial.

Más noticias de este mes | Último mes | Índice general de noticias
Página principal de las asociaciones contra el ruido